Internet y el lugar de trabajo son los peores escenarios para las mujeres periodistas

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Diez mujeres periodistas o comunicadoras han sido asesinadas en Brasil, Colombia, Honduras y México entre los años 2011 y 2020, de acuerdo con un reciente informe de Reporteros Sin Fronteras. Diez de los 140 asesinatos registrados contra integrantes de la prensa en los cuatro países, que juntos concentran el 90% de estos homicidios.

Cortesía: Consuelo Pagaza.

La cifra de mujeres representa el 7% del total de víctimas mortales, pero esconde “una realidad brutal que silencia, diariamente, a miles de comunicadoras”, señala el informe.

Datos sobran:

Un estudio publicado por la International Women’s Media Foundation hace tres años arrojó que seis de cada diez mujeres entrevistadas dijeron haber sufrido amenazas en el entorno digital, seis de cada diez personalmente y tres de cada diez habían recibido ataques físicos.

Internet es el lugar más peligroso para las mujeres periodistas, según el 73% de mujeres encuestadas por Reporteros Sin Fronteras. El segundo peor escenario es el lugar de trabajo, así lo respondió casi el 60%.

Las más afectadas son las que cubren derechos de la mujer, deportes o política.

Mujeres periodistas sufren estrés, angustia y miedos cuando ejercen su labor. Y la violencia de género ha llevado a periodistas a:

  • Cerrar temporal o de manera permanente sus cuentas en redes sociales (43%)
  • autocensurarse (48%)
  • cambiar de especialidad (21%)
  • renunciar (21%).

“El impacto, por lo tanto, va más allá de la vida de estas mujeres, afectando a todo el periodismo y el acceso a la información en todas las sociedades”, dice el informe.

Una de las hipótesis que explicaría por qué es menor el número de asesinatos de mujeres periodistas en relación con los hombres, según el documento, es que el objetivo del agresor, de silenciar las críticas y las denuncias, se logra con antelación: “en procesos estructurales y sistemáticos que afectan a las comunicadoras a lo largo de sus vidas y que van desde su exclusión en las estructuras de las organizaciones de comunicación hasta el asedio que sufren por parte de fuentes y compañeros, en procesos que ni siquiera son considerados como violaciones a la libertad de expresión”.

“La violencia de género no solo se traduce en formas específicas de agresión contra las mujeres, también determina que los actos de violencia usualmente cometidos contra periodistas en general impactan de una manera diferente en sus vidas”.

Violencia de género

Las estrategias para atacar a las comunicadoras incluyen, por ejemplo, la publicación de datos confidenciales, el doxing, extorsiones de connotación sexual y la distribución no consentida de imágenes íntimas, que atacan la dignidad de las mujeres.

Miles de mujeres marchando en CDMX. Fotografía: Lucía Flores.

Aunque la mayoría de los ataques se dan en el ambiente digital, casi una quinta parte de las mujeres es agredida fuera de internet por el mismo motivo que provocó antes la violencia virtual.

Un estudio de la UNESCO y el Centro Internacional para Periodistas (ICFJ), publicado a finales del año 2020, muestra que las agresiones van más allá de las barreras digitales y se convierten en ataques concretos en la vida de esas mujeres, provocando que el 13% de las comunicadoras que son agredidas en línea hayan aumentado sus medidas de seguridad física.

Para el 13% de las entrevistadas, las amenazas estaban dirigidas a sus hijos y familiares.

El racismo, la lgbtfobia, la transfobia, los prejuicios religiosos y étnicos y otras formas de discriminación se suman al sexismo y a la misoginia para producir consecuencias aún más significativas en las mujeres víctimas de múltiples formas de opresión.

Brasil: el 92% de las mujeres ya escucharon chistes machistas en el ambiente de trabajo, el 83% ha sufrido maltrato psicológico en las salas de redacción y el 64% ha sido abusada por autoridades y fuentes

Colombia: 6 de cada 10 periodistas denunciaron ser víctimas de violencia de género en su lugar de trabajo; 2 de violencia sexual y sólo 3 de cada 10 dijeron contar con un espacio para denunciar tales delitos en el medio en el que trabajan.

México: en el año 2020, del total de agresiones contra periodistas documentado en el país, más del 52% fueron dirigidas a mujeres; los ataques fueron practicados principalmente por agentes del Estado, en prácticas de asedio e intimidación institucional, así como en campañas de deslegitimación de comunicadoras.

Honduras: la violencia contra las mujeres también se disparó durante la pandemia.

Desde hace más de una década diferentes organismos internacionales han alertado sobre la urgencia de incorporar la perspectiva de género en las iniciativas sociales y en las políticas públicas de protección a periodistas y defensores de derechos humanos, señala RSF.

Se trata de reconocer que la violencia contra comunicadoras también se enmarca en la discriminación estructural contra las mujeres, y es también una forma de restricción a la libertad de expresión.

Tanto el sistema universal de derechos humanos como el interamericano desarrollaron patrones sobre la obligación de los Estados de atender riesgos especiales y factores particulares que impidan el ejercicio de la libertad de expresión de las mujeres periodistas, como parte de su deber de garantizar el ejercicio de este derecho.

Entre esos estándares, además de medidas positivas que permitan construir un ambiente seguro para que las mujeres comunicadoras trabajen en igualdad de condiciones, existen normas específicas en los programas de protección para periodistas.

Según Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, “integrar una perspectiva de género en la protección de periodistas implica asegurar que todo el proceso y sus etapas, desde la recepción y orientación de la solicitud de protección, la evaluación del riesgo, hasta la adopción de medidas de protección especiales, esté orientado a atender las necesidades particulares y riesgos específicos de las mujeres periodistas y que observe los principios de atención preferencial, interseccionalidad, transparencia y participación”.

De ahí la necesidad de complementar y reforzar las obligaciones generales de protección  con las obligaciones derivadas de la Convención de Belém do Pará, sobre los derechos de las mujeres, aprobada por la Organización de Estados Americanos, según la cual los Estados deben abstenerse de toda práctica de violencia contra las mujeres, observando que las autoridades, funcionarios e instituciones se comporten de acuerdo con este deber, y actuar para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.